El rey ejerce las funciones que le otorga el ordenamiento jurídico.
Dichas funciones se encabezan ya en el artículo 56 y se desarrollan en los artículos 62 y 63.
Las funciones se agrupan en función de los diferentes poderes del estado.
1) Funciones relacionadas con el poder legislativo, esto es, con las cortes generales:
a) El rey sanciona y promulga las leyes. Lo cual quiere decir que le da el visto bueno y autoriza su publicación en el boletín oficial correspondiente.
Las únicas leyes que el rey sanciona son las de carácter estatal, es decir, las producidas por las cortes generales.
Uno de los reyes de Bélgica, que también tenía esta función, se negó a aprobar la ley del aborto, y la democracia belga lo solucionó inhabilitando al rey durante 36 horas. También se puede solucionar quitándole al rey dicha función mediante reforma constitucional.
Por lo tanto, de lo dicho hasta aquí se puede deducir que el rey NO tiene poder de veto sobre las leyes que sanciona.
b) el rey convoca a las cortes al comienzo de la legislatura y después de las elecciones.
c) El rey disuelve las cortes mediante decreto.
d) El rey convoca elecciones.
2) Funciones en relación al poder ejecutivo
a) El rey propone al candidato a la presidencia del gobierno. Es importante recordar en este punto que los españoles no votan a una persona sino a un partido político. En principio, puede proponer a cualquiera, pero en la práctica, propone al que le dicen.
b) El rey nombra al presidente del gobierno cuando ha sido elegido, mediante decreto.
c) El rey cesa al presidente del gobierno.
d) El rey nombra y cesa los miembros del gobierno.
e) El rey es informado de los asuntos de estado y preside para ello el consejo de ministros. Esta posibilidad no suele darse con frecuencia.
f) El rey firma todos los decretos firmados por el consejo de ministros. Además el rey otorga emprelos civiles, honores y distinciones, como por ejemplo, las plazas de una oposición al funcionariado.
3) Otras funciones del rey:
a) El rey acredita a los embajadores y a los representante diplomáticos.
b) El rey presta su consentimiento para que el estado se someta a tratados internacionales.
c) El rey es presidente honorífico del alto patronazgo de las reales academias.
d) El rey ejerce el derecho de gracia con arreglo a la ley. En realidad, lo otorga el ministro de justicia pero lo firma. El derecho de gracia no es lo mismo que el indulto, puesto que indultar es hacer desaparecer la pena.