En el artículo 56 del título II de la Constitución española, ya se nos advierte de que la corona es un órgano constitucional. Esto supone una novedad respecto de las articulaciones jurídicas anteriores, que normalmente versaban sobre ‘El rey y sus ministros’.
Aquí, en este texto, sin embargo, lo importante es la corona, la cual se personifica en la figura del rey, que representa la unidad de España.