Justicia restaurativa y reparación a las víctimas del terror

Notas recogidas de la conferencia impartida por Tamara Martínez Soto en la URJC en 2025.

La justicia restaurativa es una corriente que nace en EEUU en los años ’70.

Es un modelo alternativo al sistema procesal clásico, donde las víctimas cumplen un papel pasivo en el modelo de justicia tradicional, un papel anecdótico.

La justicia restaurativa tienen como objetivo ir más allá de la reparación económica y su no rectivimización durante el proceso penal.

Aunque con menos frecuencia, algunas víctimas tienen que volver a revivir el proceso e incluso re-encontrarse con su victimario en los pasillos, después de que haya pasado un largo período de tiempo.

La justicia restaurativa, por lo tanto, vendría a incluir dentro del modelo de justicia mecanismos para que tuviera lugar al reparación emocional y simbólica de las víctimas.

Por otro lado, hay que decir que en el caso del terrorismo, existen diferentes niveles de víctimas, desde las más directas, hasta comunidades enteras, pasando por las fuerzas de seguridad del estado y por partidos políticos.

Y cada uno de estos niveles tienen diferentes necesidades, ya que sufren daños materiales, físicas y psicológicas y necesitan un programa de medidas de apoyo desarrollado.

Entre los métodos de resolución de conflicto de modo extrajudicial, la medida estrella es la de crear encuentros restaurativos, para poder hablar de lo sucedido.

En el caso de que los delitos no sean muy graves, este proceso de restaurativo puede darse en la fase de instrucción.

Otra de las medidas van directamente dirigidas a las comunidades de legitimación del terrorismo. En el caso de ETA, siempre se exigía a las comunidades que defendían el mismo discurso político que condenara la violencia de la organización, para no legitimarla.